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LICENCIA DE MATERNIDAD
El artículo 236 del Código Sustantivo del Trabajo regula la licencia de maternidad. Dicho apartado legal, contempla que toda mujer, que tenga contrato de trabajo o de prestación de servicios, obtenga un descanso remunerado que se concede posterioridad al parto. Durante este período no podrá ser despedida sin la previa autorización del Ministerio del Trabajo
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